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SORTEO HALLOWEEN
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SORTEO HALLOWEEN

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💶 Podrás ganar uno de los dos premios de 100€ para gastar en restauración

👹‍🧛‍♀️🧟‍♀️ Participa hasta el 2 de noviembre. Ganador: 3 nov.

 

 

BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN “SORTEO HALLOWEEN”

 

PRIMERA. – ENTIDAD ORGANIZADORA.

 

La entidad mercantil denominada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CENTRO COMERCIAL EL ARCÁNGEL (en adelante, “LA ORGANIZADORA”), con CC.I.F. H-14.396.980 y domicilio fiscal en AVD. DEL ARCÁNGEL S/N, C.P 14010, CÓRDOBA, ha decidido realizar la presente promoción entre sus clientes de productos y servicios, una promoción de ámbito nacional para fidelizar su marca, todo ello de conformidad con lo establecido en las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).

 

Las presentes Bases recogen, por tanto, las condiciones de la promoción, así como los requisitos y normas que deben conocer y cumplir los participantes en la misma, las cuales podrán ser consultadas en Facebook, Instagram y en la web www.ccelarcangel.com.

 

SEGUNDA. – OBJETO, VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL.

 

El objetivo es el de promocionar el Centro Comercial El Arcángel, así como incentivar a los clientes a la compra y obtención de bases de datos.

 

El ámbito territorial de las Promociones se circunscribe a los establecimientos comerciales del centro comercial “EL ARCÁNGEL” situado en AVD. DEL ARCÁNGEL S/N, C.P 14010, CÓRDOBA.

 

El ámbito temporal (en adelante, el “Ámbito Temporal”) de la Promoción se realizará con fecha del 27 de octubre al 2 de noviembre de 2020.

 

TERCERA. – COMUNICACIÓN.

 

La Promoción podrá ser comunicada a través de los medios que al efecto LA ORGANIZADORA considere pertinentes o necesarios.

 

CUARTA. – REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.

 

Solo podrán participar en la Promoción las personas físicas mayores de edad que sean seguidores de alguna de las redes sociales del centro comercial y residan en la provincia de Córdoba, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, y concretamente lo establecido en la estipulación quinta siguiente (en adelante, los “Participantes”).

 

Sin perjuicio de lo anterior, no podrán tener la condición de Participantes ni, por tanto, resultar agraciados:

 

  1. Los empleados de LA ORGANIZADORA

 

  1. Los empleados de la agencia de publicidad o agencias de promociones u otras empresas que estén involucradas de cualquier forma en la Promoción.

 

  1. Aquellas personas que, según el libre criterio de LA ORGANIZADORA, estén perjudicando voluntaria o involuntariamente el desarrollo de la Promoción o hayan perjudicado con anterioridad el desarrollo de cualesquiera otras promociones de LA ORGANIZADORA.

 

  1. Los Participantes que realicen actos o comentarios en cualquier medio que sean desagradables y vayan dirigidos a la Promoción, a otros Participantes, a la organizadora, a sus empleados o a cualquiera de sus colaboradores.

En caso de que en la Promoción se llegara a conceder un premio a cualquiera de las personas enumeradas en los apartados de 1 a 4 anteriores, dicho premio quedará automáticamente denegado, debiendo ser restituido a LA ORGANIZADORA en un plazo de 10 días desde que le sea solicitado, por cualquier medio, al participante indebidamente premiado, corriendo éste con todos los costes y gastos que pudiera derivarse de la devolución.

 

En caso de que el Participante indebidamente premiado no restituyera el premio o los objetos adquiridos con el mismo, en el plazo señalado en el párrafo precedente, LA ORGANIZADORA no tendrá otra opción que ejercer todas las acciones legales que en Derecho le asisten para obtener la legítima restitución del premio, siendo por cuenta del Participante indebidamente premiado todos los costes y gastos que puedan devengarse por los procedimientos judiciales que LA ORGANIZADORA inicie conforme a lo expresado en este apartado.

 

QUINTA. – MECÁNICA DE FUNCIONAMIENTO Y PARTICIPACIÓN Y PREMIOS OBJETO DE LA PROMOCIÓN.

 

La mecánica de participación es la que se recoge a continuación, debiendo cumplir los participantes (durante el Ámbito Temporal de la promoción) todos los requisitos que se relacionan para poder participar en el sorteo:

 

  • Realiza el juego de “test de personalidad monstruosa” habilitado en la página web del centro comercial y difundido en redes sociales.

 

  • Rellenar el formulario habilitado a continuación con sus datos personales.

 

De todos los participantes, el 3 de noviembre de 2020 se seleccionarán a 2 ganadores y 3 suplentes con la herramienta easypromos.com. Una vez comprobados todos los requerimientos, se contactará con los dos ganadores en los datos facilitados en el formulario, para comunicarles cómo recoger el premio.

 

Los ganadores tienen de plazo para responder hasta el 5 de noviembre, si no el premio pasará al primer suplente.

 

El premio* consistirá en:

 

  • 1 cheque regalo de 100€ para cada uno de los dos ganadores para gastar en los establecimientos de restauración del CC El Arcángel.

 

Los ganadores tendrán gastar los tickets antes del 30 de noviembre. En ningún caso, el premio podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador.

Los establecimientos del centro comercial que participan en la promoción son:

NOCCIOLATA

BOCATERIA MORLYM

PANS&COMPANY

BAR RAFALETE

JAMÓN JAMÓN

PLAZA DEL ARCÁNGEL

ALVIN DONER KEBAB

HELADERÍA MARIS

MC DONALD’S

100 MONTADITOS

CAFETERÍA BEDMAR

POMODORO

AMERICAN POOL

 

SEXTA. – FRAUDE

 

En el caso de que LA ORGANIZADORA o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente promoción detecten cualquier anomalía o sospechen que un participante está impidiendo el normal desarrollo de la Promoción, alterando ilegalmente su registro, participación, mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación, podrán de forma unilateral eliminar la inscripción de ese participante.

 

SÉPTIMA. – DESCALIFICACIÓN DE PARTICIPANTES Y PREMIO DESIERTO

 

LA ORGANIZADORA se reserva la posibilidad de declarar las participaciones nulas y los premios desiertos en el caso de que se cometa fraude por parte de los participantes en los términos recogidos en las Bases precedentes, y el premio en consecuencia, desierto en el caso de que atenten contra alguno de los derechos reconocidos en la Constitución y legislación vigente.

 

 

OCTAVA. – ASPECTOS GENERALES DE LA PROMOCIÓN.

 

1) Está promoción no implica en sí misma un incremento de los precios del producto y los servicios que se promocionen.

 

2) El mero hecho de participar en alguna de las Promociones implicará la aceptación de las presentes Bases sin reserva de ningún tipo.

 

En el supuesto de que alguno de los Participantes manifieste su negativa a aceptar estas Bases, o bien las aceptasen de forma parcial, serán excluidos de está quedando LA ORGANIZADORA totalmente liberada del cumplimiento de cualesquiera obligaciones contraídas con dicho Participante. LA ORGANIZADORA, en caso de divergencia con los Participantes, se reserva en todo momento el derecho de interpretación de las presentes Bases.

 

3) En ningún caso será LA ORGANIZADORA responsable de los daños o cualquier tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del disfrute de esta Promoción, bien por el/los Participante/s, Ganador/es o entidad/es con las que ésta colabore.

 

4) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio y de suspender o ampliar esta Promoción por motivos de fuerza mayor que sean expresamente justificados.

 

5) LA ORGANIZADORA se reserva el derecho a descalificar de la Promoción a aquellos Participantes que, según su libre criterio, estén contraviniendo el espíritu o el fundamento de la Promoción, así como, específicamente, a los Participantes que establezcan o hayan pretendido establecer sistemas para especular, comerciar o enriquecerse injustamente con los Premios inherentes a la Promoción, todo ello sin perjuicio de las acciones legales que se estime oportuno ejercer.

 

6) Los premios referidos en las presentes Bases no son transferibles por lo tanto no podrán entregarse a otro destinatario por petición de ningún ganador, salvo que LA ORGANIZADORA lo considere posible y factible.

 

7) Se exime a la Organizadora de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador disfrute del premio una vez ha sido entregado el mismo, o que tengan que ver con el disfrute del mismo, ni del uso que del Premio haga el ganador.

 

 

NOVENA. – CESIÓN UTILIZACIÓN NOMBRE E IMAGEN

 

Los ganadores de los premios de la presente promoción autorizan a la organizadora para utilizar su nombres e imagen en el material publicitario relacionado con la presente promoción, incluido internet y redes sociales, sin derecho a contraprestación económica alguna.

 

 

DÉCIMA. – TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Incluir la cláusula para las bases del sorteo

 

DECIMOPRIMERA. – LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE.

 

La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. LA ORGANIZADORA y los Participantes que participen en el Sorteo, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las Bases o de la celebración o resultado del Sorteo, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Córdoba, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.